Al concluir este año 2025, la Benemérita Universidad Autónoma de Chiapas reafirma su lugar como una institución esencial para el desarrollo científico, social y cultural del estado. Ha sido un periodo de consolidación histórica, de expansión académica y de profunda conexión con la ciudadanía, expresado en cada logro, cada proyecto y cada voz que integra nuestra comunidad.
Uno de los indicadores más elocuentes del dinamismo institucional es el crecimiento extraordinario de la Gaceta Universitaria, que superó las cuatrocientas mil visitas e impactos, demostrando que la sociedad chiapaneca reconoce en nuestro órgano de divulgación institucional una fuente confiable de información pública, académica y cultural. Este impulso comunicacional refleja, a su vez, un año en el que la visibilidad y el liderazgo universitario se han fortalecido como nunca antes.
Bajo el liderazgo del rector Oswaldo Chacón Rojas, la universidad consolidó un hito histórico: el nombramiento y ratificación oficial de su carácter Benemérito, un reconocimiento que honra su trayectoria y al mismo tiempo la compromete a seguir respondiendo a la altura de las exigencias de un Chiapas complejo, diverso y en constante transformación.
En materia de calidad académica, la UNACH alcanzó una meta sin precedentes: la certificación del 100 por ciento de sus programas educativos por los Comités Interinstitucionales para la Evaluación de la Educación Superior (CIEES). Este logro, obtenido en los últimos días del año, representa un acto de responsabilidad institucional y un mensaje claro a la sociedad: nuestros estudiantes se forman con los más altos estándares nacionales.
La vida intelectual de la universidad vivió uno de sus momentos más brillantes con la XII Feria Internacional del Libro FIL UNACH 2025, que reunió a escritores, editoriales, especialistas y lectores en un encuentro que celebró la palabra, el pensamiento crítico y el intercambio cultural. La FIL UNACH no fue solo un festival de libros: fue una declaración de principios sobre el papel de nuestra casa como promotora del conocimiento y de la cultura universal.
Este año como todos los anteriores también fuimos sede del Congreso Internacional Mesoamericano de Investigación, un espacio que reunió a especialistas de alto nivel para debatir sobre ciencias, humanidades, desarrollo social y medio ambiente. La articulación con instituciones internacionales demostró que la UNACH no solo mira al futuro: ya está participando activamente en él.
La responsabilidad social volvió a ser uno de los ejes identitarios de este año. La firma del convenio con el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas reforzó la vocación humanista que ha caracterizado a la universidad desde su fundación. Asimismo, el papel de la UNACH como ente validador de problemáticas públicas se fortaleció en temas como la crisis del agua, la evaluación psicosocial y la sostenibilidad urbana, demostrando su compromiso con una investigación que incide directamente en la vida cotidiana de los chiapanecos.
La vida estudiantil brilló con el talento ocelote. La Dirección de Servicios Universitarios (SIRESU) impulsó la identidad deportiva y cultural con la destacada participación en la Universiada Nacional 2025, así como con el éxito del Festival Universitario Ocelote, donde la Tuna Varonil UNACH y diversas expresiones artísticas fortalecieron los lazos de convivencia, identidad y orgullo universitario.
Con la mirada ya puesta en el 2026, la Benemérita UNACH reafirma su misión de consolidarse como la brújula intelectual, científica y social de Chiapas. El próximo año estará marcado por el fortalecimiento de los campus regionales, la profundización de la investigación aplicada a los desafíos del estado, y la construcción de una narrativa institucional que muestre cómo la universidad transforma realidades y acompaña a las comunidades más allá de las aulas.
A toda la comunidad unachense; académicos, investigadores, directivos, personal administrativo y estudiantes; nuestro reconocimiento y gratitud. Cada logro de este 2025 es fruto de su esfuerzo cotidiano, de su convicción ética y de su compromiso con una universidad pública, humanista y profundamente cercana a su pueblo.
Que este cierre de año sea un espacio de descanso, paz y reflexión. Que el 2026 nos encuentre unidas y unidos, lúcidos y firmes, avanzando con la certeza de que la Benemérita Universidad Autónoma de Chiapas seguirá siendo un faro de conocimiento, dignidad y esperanza para todo Chiapas.
¡Felices fiestas y un próspero Año Nuevo!
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El país acaba de atravesar uno de sus episodios más dolorosos de los últimos años: las lluvias torrenciales, dispersas pero persistentes, dejaron a su paso comunidades enteras devastadas, vidas perdidas, familias incompletas y un patrimonio que el agua —implacable, ciega— arrastró sin preguntar por nombre ni circunstancias. Estos estragos recientes nos recuerdan algo que ya no admite discusión: el cambio climático no es una proyección futura ni un discurso alarmista, sino un fenómeno que se manifiesta con crudeza en nuestro territorio, cuyas consecuencias ya forman parte de la vida cotidiana de millones de personas.
Frente a este escenario, las narrativas negacionistas quedan expuestas por su inconsistencia. La frecuencia creciente de inundaciones, incendios, sequías prolongadas, fenómenos climatológicos inusuales y la extinción acelerada de especies y ecosistemas, desmontan cualquier intento de posverdad. La realidad climática se impone, y con ella la obligación moral de actuar.
Hoy resulta innegociable reducir emisiones contaminantes, desarrollar tecnologías limpias, ampliar el uso de energías renovables, mitigar la generación de desechos industriales, fortalecer el reciclaje y detener la deforestación. No se trata de agendas accesorias, sino de condiciones de supervivencia colectiva. Sin embargo, estas acciones no podrán prosperar mientras se mantengan aisladas, fragmentadas o sin conducción clara. Requieren visión estratégica, articulación institucional y, sobre todo, liderazgo intelectual.
Y es precisamente en este punto donde las instituciones de educación superior, particularmente las universidades públicas, adquieren una responsabilidad histórica. Poseen el talento humano, la infraestructura, la capacidad científica y el rigor crítico necesarios para comprender los procesos ambientales y, más aún, para proponer soluciones de alcance social. Son las únicas instituciones donde la innovación tecnológica puede dialogar legítimamente con la ética, la justicia ambiental y el bien común.
La pregunta entonces es inevitable: ¿están las universidades participando con la contundencia que este desafío demanda? ¿Existe una política pública que coordine, evalúe y estimule de manera sistemática esta participación? ¿Estamos como país aprovechando el potencial intelectual que nuestras universidades representan para la transición ecológica?
La respuesta, aunque compleja, obliga a reflexionar. Las universidades no solo deben estudiar el problema; deben convertir el conocimiento en acción. El saber que no se traduce en prácticas transformadoras queda reducido a un ejercicio estético. Por ello, la docencia, la investigación y la extensión universitaria deben orientarse hacia la construcción de soluciones reales y aplicables: tecnologías limpias al servicio de la comunidad, modelos de economía circular, sistemas de manejo sustentable del agua y del territorio, prácticas agrícolas resilientes, programas sólidos de reforestación y recuperación de cuencas, y herramientas de análisis que permitan anticipar riesgos y proteger vidas.
La interdisciplinariedad ya no es un eslogan académico: es la única vía para enfrentar la complejidad ambiental contemporánea. Las universidades requieren articular a sus científicas y científicos, ingenieras, especialistas en ciencias sociales, economistas, educadores, comunicadores y profesionales de la salud en un mismo horizonte de acción. Solo así será posible diseñar estrategias amplias, técnicamente viables y socialmente justas.
La Universidad Autónoma de Chiapas —como todas las instituciones de educación superior comprometidas con su tiempo— entiende que el reto climático no es un tema accesorio ni circunstancial. Es el desafío ético central de nuestra generación. Por ello, este editorial no solo invita a reconocer la gravedad del momento: convoca a asumir un compromiso institucional que se prolongue más allá de la urgencia, que se convierta en política académica sostenida, que dialogue con las comunidades y que coloque la ciencia al servicio de la vida.
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A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA:
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del Artículo 15 de la Ley Orgánica, Artículos 531, 532 у 596 fracciones I y II del Estatuto Integral de la Universidad Autónoma de Chiapas, en mi calidad de Secretaria General y Secretaria del H. Consejo Universitario y conforme al derecho de acceso a la información universitaria, me permito dar a conocer de manera sucinta los Acuerdos tomados por el Honorable Consejo Universitario en la Novena Sesión Extraordinaria, celebrada el 31 de julio de 2025, siendo éstos los siguientes:
NOVENA SESIÓN EXTRAORDINARIA
Atentamente
“Por la Conciencia de la Necesidad de Servir”
Dra. María del Carmen Vázquez Velasco
Secretaria General
Secretaria del H. Consejo Universitario
A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA:
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del Artículo 15 de la Ley Orgánica, Artículos 531, 532 y 596 fracciones I y II del Estatuto Integral de la Universidad Autónoma de Chiapas, en mi calidad de Secretaria General y Secretaria del H. Consejo Universitario y conforme al derecho de acceso a la información universitaria, me permito dar a conocer de manera sucinta los Acuerdos tomados por el Honorable Consejo Universitario en la Décima y Décima Primera Sesión Extraordinaria, celebrada el 29 de agosto de 2025, siendo éstos los siguientes:
DÉCIMA SESIÓN EXTRAORDINARIA
DÉCIMA PRIMERA SESIÓN EXTRAORDINARIA
Artículo 432. La Universidad, a través de su H. Consejo Universitario, podrá conferir el reconocimiento de Profesor, Profesora, Investigador o Investigadora Emérito o Emérita, mediante procesos que aseguren la igualdad de oportunidades y libres de discriminación, a aquellas personas que cumplan con los siguientes requisitos:
A. Para Profesor o Profesora Emérita:
I. Tener cuando menos 25 años cumplidos de servicio a la Universidad Autónoma de Chiapas.
II. ...
III....
...
B. Para Investigador o Investigadora emérita:
I. Tener cuando menos 25 años cumplidos de servicio a la Universidad Autónoma de Chiapas.
II. ...
III...
IV...
...
Se aprobó, la reforma de las fracciones III y IV y la adición de la fracción V del artículo 458 del Estatuto Integral de la Universidad, para quedar como sigue:
Artículo 458. Con fundamento en el artículo 15, fracción VI de la Ley Orgánica, el Consejo Universitario reconocerá el mérito universitario, mediante los siguientes honores y distinciones:
I. Otorgamiento del Doctorado Honoris Causa;
II. Nombramiento de Profesora o Profesor o Investigadorao Investigador Emérita o Emérito;
III. La Medalla "Dr. Manuel Velasco Suárez", al mérito en la docencia o investigación;
IV. La Medalla "Federico Salazar Narváez" a personas graduadas distinguidas de los programas de especialidad, maestría y doctorado que oferta esta Casa de Estudios, y
V. La Medalla "Carlos Maciel-Elisena Román", al mérito estudiantil universitario y de extensión.
...
Se acordó instruir a la Oficina del Abogado General para que armonice la Legislación Universitaria con la reforma y adición aprobadas y conjuntamente con la Secretaría del Consejo Universitario elabore el proyecto de Lineamientos para el otorgamiento de honores y distinciones académicas, conforme a lo establecido en el artículo 458 del Estatuto Integral de la Universidad Autónoma de Chiapas.
Se acordó autorizar a la Secretaría del Consejo Universitario emitir la convocatoria correspondiente para dar inicio al proceso de recepción de propuestas de las personas aspirantes. Asimismo, la Secretaría deberá asegurar la adecuada difusión de la convocatoria a través de los canales institucionales pertinentes, y establecer un calendario claro para la recepción, evaluación y dictaminación de las propuestas, conforme a los criterios y requisitos señalados en el marco normativo aplicable.
Atentamente
“Por la Conciencia de la Necesidad de Servir”
Dra. María del Carmen Vázquez Velasco
Secretaria General
Secretaria del H. Consejo Universitario
A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA:
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del Artículo 15 de la Ley Orgánica, Artículos 531, 532 y 596 fracciones | y ll del Estatuto Integral de la Universidad Autónoma de Chiapas, en mi calidad de Secretaria General y Secretaria del H. Consejo Universitario y conforme al derecho de acceso a la información universitaria, me permito dar a conocer de manera sucinta los Acuerdos tomados por el Honorable Consejo Universitario en la Décima Quinta Sesión Extraordinaria Solemne, celebrada el 25 de septiembre de 2025, siendo éstos los siguientes:
DÉCIMA QUINTA SESIÓN EXTRAORDINARIA
Atentamente
“Por la Conciencia de la Necesidad de Servir”
Dra. María del Carmen Vázquez Velasco
Secretaria General
Secretaria del H. Consejo Universitario
A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA:
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del Artículo 15 de la Ley Orgánica, Artículos 531, 532 y 596 fracciones | y Il del Estatuto Integral de la Universidad Autónoma de Chiapas, en mi calidad de Secretaria General y Secretaria del H. Consejo Universitario y conforme al derecho de acceso a la información universitaria, me permito dar a conocer de manera sucinta los Acuerdos tomados por el Honorable Consejo Universitario en la Décima Cuarta Sesión Extraordinaria, celebrada el 18 de septiembre de 2025, siendo éstos los siguientes:
DÉCIMA CUARTA SESIÓN EXTRAORDINARIA
Atentamente
“Por la Conciencia de la Necesidad de Servir”
Dra. María del Carmen Vázquez Velasco
Secretaria General
Secretaria del H. Consejo Universitario
A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA:
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del Artículo 15 de la Ley Orgánica, Artículos 531, 532 y 596 fracciones | y Il del Estatuto Integral de la Universidad Autónoma de Chiapas, en mi calidad de Secretaria General y Secretaria del H. Consejo Universitario y conforme al derecho de acceso a la información universitaria, me permito dar a conocer de manera sucinta los Acuerdos tomados por el Honorable Consejo Universitario en la Décima Segunda y Décima Tercera Sesión Extraordinaria, celebrada el 11 de septiembre de 2025, siendo éstos los siguientes:
DÉCIMA SEGUNDA SESIÓN EXTRAORDINARIA
DÉCIMA TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA
Artículo 66. Para la redacción y defensa de la tesis de pregrado y posgrado, las personas estudiantes deberán alinear su trabajo de investigación a una de las Líneas de Generación y Aplicación del Conocimiento establecidas en el programa correspondiente, para tal efecto, contarán con el acompañamiento de un Director o Directora de tesis de la Universidad, cuya designación se hará considerando los siguientes elementos:
I Deberán pertenecer a la planta académica de esta Universidad o estar comisionadas a la misma;
II. Enel caso de posgrado, para asignar a la persona académica que se proponga como Director o Directora de tesis, se deberá cumplir con lo establecido en el Artículo 342 de este Estatuto Integral.
La persona directora de tesis obligatoriamente tendrá que ser personal académico de la Universidad, o que esté comisionada a la misma.
Artículo 74. Los proyectos de investigación deberán registrarse, par su reconocimiento institucional, ante la Dirección General de Investigación y Posgrado, en los términos y procedimientos que é determine.
Se podrá registrar la colaboración en proyectos interinstitucionales siempre que hayan sido dictaminados por instancias externas competentes en la materia, y exista documentación oficial que acredite la colaboración.
Artículo 75. La persona titular de la dirección de la Unidad Académica, a petición de la persona interesada, facilitará oficios de autorización para la realización de actividades, fuera de la Unidad Académica, establecidas en el proyecto de investigación registrado ante la Dirección General de Investigación y Posgrado de la Universidad.
Artículo 76. Las y los profesores y personas investigadoras comisionadas a largo plazo, bajo la modalidad de investigador externo o equivalente, deberán plasmar claramente desde el proyecto su intención o solicitud para integrarse a la Universidad, el fortalecimiento que brindarán a los programas de pregrado y posgrado, actividades de investigación, extensión y vinculación, así como otras labores académicas de la Unidad Académica en la que solicitan ser recibidos.
Asimismo, deberán cumplir con la legislación y normatividad interna de la Universidad para el seguimiento de su estancia, como del plan de trabajo que se establezca.
Artículo 77. La Universidad, a través de la Dirección General de Investigación y Posgrado, reconocerá la figura de persona investigadora invitada ad honorem, a propuesta de la Coordinación de Investigación y Posgrado de las Unidades Académicas con el visto bueno de la persona titular de las mismas, a personas académicas que desarrollarán actividad investigativa atribuida a la Universidad, en plan de trabajo anual, durante un periodo máximo de tres años, prorrogable por acuerdo del Comité de Investigación y Posgrado, sin que ello suponga el reconocimiento de relación laboral con él o la investigadora, en la inteligencia de que sus actividades serán desarrolladas de manera honorífica. La persona investigadora invitada, no podrá ser postulada por la Universidad para fungir como responsable técnico de algún proyecto de investigación con financiamiento externo. La Universidad reconocerá las actividades docentes, de investigación, vinculación o extensión llevadas a cabo, mediante la emisión de una constancia académica que certifica su participación como persona investigadora invitada.
La persona interesada deberá someter un programa de trabajo y/o investigación ante el Comité de Investigación y Posgrado de una Unidad Académica, donde previamente ha establecido vinculación con un académico o académica quien fungirá como la persona investigadora anfitriona, debiendo coincidir en la línea de investigación que desarrolla. La Universidad no establecerá relación laboral alguna con la persona investigadora invitada. En ningún momento se considerará a la Universidad como patrón solidario o sustituto, ni tampoco la Unidad Académica como intermediaria o centro de adscripción, por lo que la Universidad no asume responsabilidades que pudieran presentarse en materia de trabajo y seguridad social, en virtud de la relación académica o colaborativa que se desarrolle dentro de nuestra Institución.
Artículo 78. En el caso de las profesoras y los profesores y personas investigadoras invitadas, que soliciten estancia por un plazo menor a un año, deberán plasmar puntualmente en el proyecto de intención o de solicitud, el fortalecimiento que brindarán a la Unidad Académica receptora en alguna de las siguientes funciones sustantivas: docencia, investigación, extensión o vinculación.
Las personas investigadoras invitadas pueden ejecutar su actividades en modalidad presencial, virtual o híbrida.
Artículo 285. Los programas educativos de posgrado serán operados por las Unidades Académicas de la Universidad, a través de las Coordinaciones de los Programas de Posgrado con el apoyo de la Coordinación de Investigación y Posgrado, y podrán ser impartidos por una sola Unidad Académica o en colaboración con otras. Dichos programas deberán apegarse y dar cumplimiento a lo establecido en el calendario escolar, así como el Modelo Educativo y Académico vigente, excepto las especialidades médicas, las cuales se regirán por la normativa establecida por la instancia de salud competente.
La oferta educativa de posgrado de la Universidad será coordinada desde la Dirección General de Investigación y Posgrado, Dependencia responsable de vigilar que todos los procesos cumplan con la normativa universitaria vigente.
Artículo 287. Para que una Unidad Académica proponga un programa de posgrado, con el propósito asegurar la operatividad y el fortalecimiento de las Líneas de Generación y Aplicación del Conocimiento del posgrado, deberá contar con personal académico que tenga perfil del área afín, quienes, con la finalidad de conformar el Núcleo Académico del programa, podrán integrar a personal docente de otras Unidades Académicas, las cuales contribuirán con el programa con infraestructura y servicios, así como recursos humanos, materiales y financieros.
Artículo 288. La persona titular de la Unidad Académica en coordinación con el Núcleo Académico, la persona titular de la Coordinación de Investigación y Posgrado y las personas titulares de las Coordinaciones de Programas de Posgrado de las Unidades Académicas, deberán propiciar la excelencia, así como la trayectoria, superación académica, movilidad de las personas estudiantes y el seguimiento de las personas egresadas de los programas de posgrado.
Artículo 295. El Núcleo Académico de los programas de posgrado se constituye por el profesorado de tiempo completo de la Universidad, que cumple con el perfil profesional y académico, acorde con los objetivos y Líneas de Generación y Aplicación del Conocimiento del programa, y satisface los requisitos y obligaciones que al efecto establezca la Legislación Universitaria. Las personas integrantes del Núcleo Académico del programa considerarán el ingreso del profesorado bajo la modalidad de persona investigadora externa o equivalente, a propuesta expresa de la persona titular de la Unidad Académica, siempre que el Núcleo Académico no cuente con ese perfil, y considerando una proporción justa y equitativa respecto a la cantidad de profesores y profesoras del programa que corresponda y en relación directa a las personas estudiantes e integrantes del Núcleo Académico vigente.
Para el ingreso de una nueva persona integrante al Núcleo Académico de los posgrados, se deberá realizar el siguiente proceso:
I. La persona titular de la Unidad Académica, en coordinación con la persona titular de la Coordinación del Programa de Posgrado, integrará el expediente de la persona interesada y lo presentará al Núcleo Académico para el análisis correspondiente
II. El Núcleo Académico, determinará si el perfil profesional y académico presentado es afín con las Líneas de Generación y Aplicación del Conocimiento del posgrado establecidos en el programa correspondiente.
III El Núcleo Académico deberá analizar si, de acuerdo con la matrícula con la que cuenta el posgrado, es viable la aceptación de una nueva persona integrante
Una o un profesor de tiempo completo podrá participar como máximo en el número de Núcleos Académicos de programas de posgrado de la Institución que defina la instancia acreditadora externa correspondiente.
Artículo 298. La Dirección General de Investigación y Posgrado promoverá que los programas de posgrado que cuenten con los requisitos para su acreditación «ante organismos externos oficialmente reconocidos, puedan participar en ellos conforme a los plazos establecidos en las convocatorias correspondientes publicadas por los organismos acreditadores respectivos.
Artículo 338. El Comité de Investigación y Posgrado de la Unidad Académica sede del programa analiza el protocolo de investigación de tesis, junto con la propuesta de Comité Tutorial para cada estudiante, presentadas por la Coordinación del Programa; en caso de ser aprobados, los registra y, a través de la persona titular de la Unidad Académica, emite los nombramientos correspondientes.
Artículo 341. La persona directora de tesis será responsable de:
I. Dirigir la investigación de tesis de la persona estudiante, en la que se procure que no incurra en las faltas establecidas en el Título Décimo Cuarto del presente ordenamiento;
II. Asegurar que la línea de Generación y Aplicación del Conocimiento vinculada con la tesis, esté en apego a las reconocidas en el Plan y Programa de Estudios que corresponda;
III Coordinar las labores y aportaciones del Comité Tutorial;
IV. Presentar al Núcleo Académico el reporte de los avances de tesis, en las fechas que para tal efecto se establezcan;
V. Proponer ante la Coordinación del Programa la conformación del Jurado de examen; y
VI. Cumplir la función que se le asigne como integrante del Jurado de examen de grado al estudiante.
Artículo 342. Las personas directoras de tesis deberán pertenecer a la planta académica de esta Universidad o estar comisionadas a la misma. Deberán ser asignadas como personas directoras de tesis, profesoras y profesores del Núcleo Académico del programa respectivo; en casos excepcionales el NA podrá solicitar a la persona titular de la Unidad Académica la asignación de Dirección de tesis a una persona externa al Núcleo Académico; en ese sentido la persona titular de la Dirección de la UA deberá someter a consideración del Comité de Investigación y Posgrado de la Unidad Académica dicha petición, conforme a lo establecido en el Artículo 338 del presente Estatuto Integral.
En la asignación de la persona directora de tesis se procurará una distribución equitativa de estudiantes; para garantizar una atención adecuada a los mismos, el número máximo de estudiantes que una profesora o profesor podrá dirigir será:
II, Seis para especialidades (excepto especialidades médicas)
II Cuatro para maestrías y especialidades médicas
III Tres para los doctorados.
Cualquier combinación de estudiantes de posgrado dirigidos no deberá exceder de ocho.
Para dirigir una tesis de posgrado, la persona directora deberá contar preferentemente con doctorado, o en su defecto, con el mismo grado académico del posgrado que dirigirá.
Artículo 343. Cuando se considere oportuna la participación de una persona codirectora de tesis, para el fortalecimiento de la línea de investigación, deberá ser externa a la Universidad y realizará ad honorem el acompañamiento y todas las actividades relacionadas con la tesis; tal colaboración deberá someterse a la aprobación de la Coordinación del Programa, a quien se le expondrá la argumentación pertinente, previo al registro del protocolo de investigación de tesis.
Las funciones de la codirección son:
I. Atender a los llamados del Comité Tutorial;
II. Brindar acompañamiento especializado para un fortalecimiento contundente de la investigación;
IIl. Compartir con la Dirección de tesis la responsabilidad de concluir en tiempo y forma; y
IV. Cumplirla función que se le asigne como integrante del Jurado de examen de grado a la persona estudiante.
En el caso de los posgrados que no tengan una acreditación externa, podrá permitirse la codirección de tesis por parte de una persona académica de la propia universidad, para el fortalecimiento de la multidisciplinariedad, siempre que no sea integrante, del Núcleo Académico del programa, tenga adscripción a una Unidad Académica distinta a la sede del posgrado y sea especialista en otra área del conocimiento que complemente las líneas de Generación y Aplicación del Conocimiento del programa; en este caso, el Núcleo Académico del programa deberá presentar al Comité de Investigación y Posgrado de la Unidad Académica, los argumentos para esta determinación.
En ningún caso se podrá asignar más de una persona codirectora de tesis.
Artículo 697. La función de Vocalía Titular es de carácter honorífica, tendrá una vigencia de dos años, con la posibilidad de reelección por un período más; para ser elegible se requiere satisfacer los requisitos siguientes:
I. Tener el carácter de profesor o profesora o persona investigadora de tiempo completo en la Universidad.
II. Tener elgrado de maestría, y preferentemente doctorado.
III Tener experiencia en el desarrollo de investigación científica, tecnológica, humanística y de innovación, probada con productividad de al menos tres años.
IV, Ser electa por la Comunidad Académica de la Unidad Académica a la que pertenece, conforme al siguiente procedimiento:
a) El titular de la Dirección de la Facultad, Escuela o Instituto deberá emitir una convocatoria que deberá ser publicada cuando menos con diez días de anticipación a la fecha de la elección, fecha en la que las personas aspirantes a ocupar el cargo deberán presentar la documentación necesaria para que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos para ocupar el cargo, dicha convocatoria deberá establecerse en estricto apego al principio de paridad de género.
b) La convocatoria deberá contener la fundamentación legal, lugar y hora de la elección, además de las siguientes bases: De los Requisitos. De la Inscripción . De la Publicación de la lista de las y los candidatos. . De los Órganos de Supervisión y Resolución. Del procedimiento. De la nulidad del voto. QT7TMOOY» . De la toma de protesta y posesión del cargo.
c) La convocatoria se publicará utilizando los medios físicos directos y digitales adecuados, para darle la máxima difusión.
d) En la convocatoria se solicitará a las personas aspirantes a ocupar el cargo la documentación siguiente:
1. Copia simple del Nombramiento como profesor o profesora o persona investigadora de tiempo completo.
2. Copia simple del último grado académico.
3. Constancia que acredite que la persona aspirante tiene experiencia en el desarrollo de investigación científica, tecnológica, humanística y de innovación, probada con productividad de al menos tres años, expedida por la persona titular de la Secretaría Académica de la Facultad, Escuela, Instituto o Centro, al que pertenezca.
4. Constancia expedida por la Oficina del Abogado General en la que se acredite que la persona aspirante no ha sido sancionada por faltas graves contra la disciplina universitaria
e) Para que se declare legalmente instalada la Asamblea, se requerirá de la presencia de la mitad más uno del profesorado.
f) En caso de no reunirse la mayoría señalada en la fracción anterior, se elabora un acta de no quórum, que deberá ser fimada por la persona titular de la Dirección y la persona titular de la Coordinación de Investigación y Posgrado de la Facultad, Escuela o Instituto de que se trate. La persona titular de la Dirección de la Facultad, Escuela, Instituto emitirá una segunda convocatoria el siguiente día hábil para efectuarse en la semana siguiente, en la que se hará la elección con la asistencia que hubiera.
g) Reunida la Asamblea, la persona titular de la Coordinación de Investigación y Posgrado de la Facultad, Escuela o Instituto de que se trate, declarará el quórum legal y procederá a instalar la mesa de debates que deberá estar integrada por una Presidenta o Presidente, una Secretaria o Secretario y una escrutadora o escrutador y hará entrega del material electoral.
h) Seguidamente, se realizará la votación mediante voto directo, universal, libre y secreto a elegir al aspirante de su preferencia; sin que medie coacción alguna.
i) Los integrantes de la mesa de debates deberán computar los votos y elaborar la minuta de elección.
j) La minuta deberá contener los datos de la asamblea, el total del personal que integran el cuerpo docente, el total del personal académico que asistió, nombre de las personas aspirantes a ocupar el cargo, el total de votos que obtuvieron cada uno de ellas o ellos, así como el nombre de la persona titular de la Vocalía y deberá contener la firma autógrafa de los integrantes de la mesa de debates.
k) Una vez elaborada la minuta de elección; deberá ser entregada copia simple a la persona electa para ser titular de la vocalía, y la minuta original deberá quedar bajo resguardo de la persona titular de la Dirección de la Facultad, Escuela o Instituto de que se trate, quien deberá enviar a la Dirección General de Investigación y Posgrado el expediente digital conformado por: la Convocatoria, el expediente de la persona electa como Vocal titular del Consejo Consultivo de Investigación y Posgrado y la minuta.
Artículo 717. El Comité de Investigación y Posgrado, que para efectos del presente capítulo se le denominará como el Comité, es un órgano consultivo, académico y científico de las Unidades Académicas de la Universidad, que contribuye al desarrollo de las actividades de investigación y posgrado de la Unidad Académica; estará integrado por las siguientes representaciones de personas académicas adscritas a esa Facultad, Escuela, Instituto o Centro:
I. La Presidencia, a cargo de la persona Titular de la Unidad Académica;
II. LaSecretaría, a cargo de la persona Titular de la Coordinación de Investigación y Posgrado de la Unidad Académica;
III La persona que ocupe la vocalía titular de cada Unidad Académica, ante el Consejo Consultivo de Investigación y Posgrado;
IV. Una persona representante de los Núcleos Académicos de los Programas de Posgrado, quien contará por lo menos con un año de experiencia en el programa en cuestión, salvo que se trate de alguno de reciente creación;
V. Una persona representante de los Cuerpos Académicos o Grupos Colegiados de Investigación de la Unidad Académica, registrados ante la Dirección General de Investigación y Posgrado de la Universidad;
VI. Una representación estudiantil del grado más alto que se imparta, por todos los programas de posgrado que se desarrollen en la Unidad Académica;
VII Una persona representante de las profesoras y los profesores, de la Unidad Académica, con reconocimiento externo vigente en el ámbito de la investigación científica, tecnológica, humanística o de innovación, de la Unidad Académica.
Las personas representantes mencionadas en las fracciones IV, V, VI y VII, durarán en su encargo dos años y serán electas de forma directa y democrática, por mayoría de votos de la comunidad a la que representan con adscripción a esa Facultad, Escuela, Instituto o Centro.
El cargo de integrante del Comité de Investigación y Posgrado será de carácter honorífico.
Atentamente
“Por la Conciencia de la Necesidad de Servir”
Dra. María del Carmen Vázquez Velasco
Secretaria General
Secretaria del H. Consejo Universitario
Desde la Atenas clásica se nos enseñó que las virtudes cívicas son condición esencial para la supervivencia de la democracia. En la modernidad, pensadores como Rousseau advirtieron que los sistemas democráticos no se sostienen por inercia, sino a través de un proyecto educativo que permita la transición de la sociedad natural a la sociedad política. Nuestra Constitución lo recoge con claridad: el Estado debe promover una política educativa que difunda los valores necesarios para la vida democrática.
En este marco, las universidades juegan un papel irremplazable. La etapa universitaria coincide con el inicio de la ciudadanía plena: jóvenes que adquieren derechos y obligaciones, y que empiezan a ejercer un juicio político y social sobre su entorno. Es, entonces, el espacio idóneo para arraigar valores democráticos y fomentar el compromiso cívico. Sin embargo, lo que se ha hecho hasta ahora resulta insuficiente.
La educación superior en México ha priorizado, en muchos casos, la formación profesional orientada al mercado laboral, relegando la formación cívica. Pero, ¿qué se ha hecho para combatir la polarización, la intolerancia o la falta de diálogo? Muy poco. Prevalecen bajos niveles de cultura de la legalidad, desapego hacia las instituciones y un individualismo que debilita el tejido social. La democracia no se hereda: se aprende, se cultiva y se practica.
Por ello, las universidades tenemos la corresponsabilidad de formar no solo profesionistas competentes, sino ciudadanos activos, críticos e intransigentes frente a la impunidad. Ciudadanos que rechacen prácticas autoritarias, que asuman un rol protagónico en la vida pública y que participen en la transformación de su entorno.
En otros países se han dado pasos firmes en este sentido: Francia con su programa de “Educación cívica, legal y social” desde 1999, Alemania con “Aprender y vivir la democracia” desde 2006, e Inglaterra con “Educación para la ciudadanía” desde 2002. En América del Norte, iniciativas como el service learning o los colleges with a conscience han vinculado el aprendizaje académico con la responsabilidad social.
En México, los esfuerzos han sido limitados. Desde la Benemérita Universidad Autónoma de Chiapas, estamos trabajando en la construcción de una Cátedra sobre “Cultura de la Democracia” como propuesta para la ANUIES. Creemos que es urgente incorporar contenidos curriculares que vinculen a las y los estudiantes con su comunidad, más allá del servicio social, y que fomenten el diálogo abierto, la participación en diagnósticos colectivos y la construcción de proyectos de impacto social.
Este reto exige también una política pública nacional que articule a las universidades, reconociendo que el desarrollo democrático es inseparable del quehacer educativo. No se trata de añadir asignaturas aisladas, sino de promover prácticas permanentes que hagan de la universidad un laboratorio de ciudadanía.
La democracia necesita ciudadanos formados en la reflexión, la inclusión y el compromiso. Ese es el llamado de nuestra época y, desde la UNACH, asumimos esta responsabilidad con la convicción de que fortalecer la cultura democrática es no solo un ideal académico, sino una necesidad vital para el presente y el futuro de nuestras sociedades.
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La Benemérita Universidad Autónoma de Chiapas (UNACH) celebra su Jubileo de Oro, un momento especial que estamos celebrando todo este 2025 y que marca 50 años de trayectoria dedicada a la formación académica con pertinencia social y compromiso institucional. En este contexto, las regulaciones, certificaciones y normas ISO emergen como instrumentos esenciales para consolidar la calidad en los procesos académicos, asegurando que la institución responda a los estándares internacionales y a las demandas de una educación superior inclusiva y sostenible.
La obtención de la certificación ISO 21001:2018, enfocada en organizaciones educativas, y la renovación de la ISO 9001:2015, representan un avance significativo en la gestión integrada de la UNACH. Estas normas no solo optimizan los procesos administrativos y académicos, sino que alinean la universidad con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Organización de las Naciones Unidas, promoviendo principios de sustentabilidad, diversidad e inclusión en cada aspecto de la operación institucional.
En los últimos 50 años, la UNACH ha evolucionado desde su fundación hasta convertirse en un referente regional, y las certificaciones ISO sirven como validación externa de este progreso. El proceso de auditoría, realizado del 21 al 23 de julio de 2025, evaluó la capacidad de la universidad para gestionar recursos, mejorar la calidad educativa y fomentar la satisfacción de la comunidad estudiantil, demostrando que la excelencia no es un objetivo aislado, sino un sistema integrado que abarca desde la docencia hasta la investigación y la difusión cultural.
La importancia de estas regulaciones radica en su capacidad para armonizar los procedimientos internos con estándares globales, como los establecidos por el Foro Mundial de Organizaciones Acreditadas. En México, reguladas por la Secretaría de Economía, estas certificaciones equivalen a una cédula profesional para la gestión universitaria, asegurando que la UNACH mantenga un alto nivel de eficiencia y pertinencia en su oferta educativa.
Además, la alineación con los ODS incorpora aspectos novedosos en la gestión de calidad, como la integración de la sustentabilidad ambiental y la diversidad cultural, lo que posiciona a la UNACH como líder en el sureste mexicano. Este enfoque permite no solo alfabetizar o capacitar, sino generar oportunidades para que más personas ejerzan su derecho al conocimiento, respondiendo a los desafíos de cobertura educativa en Chiapas, donde la entidad ocupa posiciones rezagadas en acceso a la educación superior.
El Jubileo de Oro de la UNACH coincide con un incremento del 24% en la matrícula, superando los diez mil estudiantes inscritos, lo que refleja la capacidad institucional para crecer con calidad. Este logro se debe al esfuerzo colectivo de docentes, personal administrativo y estudiantes, quienes han contribuido a la implementación de sistemas que aseguran la mejora continua y la satisfacción de grupos de interés.
En este marco, las certificaciones ISO representan un reconocimiento a la determinación de la UNACH por brindar servicios de alta calidad, alineados con metas de desarrollo sostenible. La institución se compromete a mantener estos estándares, reconociendo que la calidad en la educación superior es un proceso continuo que exige innovación y colaboración interinstitucional.
En su 50 aniversario, la Benemérita Universidad Autónoma de Chiapas reafirma su rol como pilar de la educación en el estado, impulsando no solo el conocimiento, sino también la equidad social y la responsabilidad ambiental. Estas certificaciones son un paso hacia un futuro donde la excelencia académica sea el estándar, beneficiando a generaciones futuras y contribuyendo al desarrollo integral de Chiapas.
Oswaldo Chacón Rojas
Rector
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UNACH: Orgullo Benemérito, compromiso emprendedor
El mes de junio quedará marcado como un momento importante en la historia de nuestra Universidad. A medio siglo de su fundación, la Universidad Autónoma de Chiapas ha recibido el título de Benemérita, un reconocimiento que no solo honra su legado, sino que proyecta su compromiso futuro con una fuerza renovada. La Benemérita Universidad Autónoma de Chiapas (UNACH) se convierte así en símbolo de perseverancia, transformación y servicio a su pueblo.
Este nombramiento no implica un cambio de siglas —seguimos siendo UNACH, con la historia y el prestigio que ese nombre ha construido— pero sí exige una nueva ética institucional, una que no se conforme con mirar hacia el pasado, sino que proyecte una universidad acorde con los desafíos del presente y del porvenir.
Asumir con dignidad el título de Benemérita significa profundizar nuestra responsabilidad social. No basta con formar profesionistas competentes: debemos acompañar a nuestras juventudes para que transformen sus entornos, generen oportunidades, resuelvan problemáticas y, sobre todo, construyan futuros con dignidad, justicia y autonomía. Es aquí donde surge el nuevo paradigma que hoy se impulsa desde la administración del Dr. Oswaldo Chacón Rojas: la universidad no puede ser una fábrica de empleados; debe ser un semillero de emprendedores y líderes que apuesten por el desarrollo desde su talento, creatividad y compromiso ético.
La universidad está dando un giro estratégico: “Hemos formado generaciones brillantes, pero no podemos ser solo un granero de burócratas. Hoy más que nunca necesitamos fomentar una cultura del emprendimiento que sea transversal a todas las carreras”. Con esta visión, surge Marca UNACH, una política institucional que conecta a la universidad con el sector productivo y fomenta la incubación de empresas universitarias, el registro de patentes, la formación práctica desde los primeros semestres, y el acompañamiento a proyectos con potencial transformador.
Este cambio va de la mano del nuevo modelo educativo que se está diseñando con participación de todas las unidades académicas. Se trata de una transformación profunda que apuesta por carreras más cortas, prácticas desde el inicio, educación dual, pertinencia regional e incorporación tecnológica, con una visión clara de inclusión, interculturalidad y sostenibilidad.
Así, la UNACH del siglo XXI no se conforma con el aplauso institucional; asume el reto de innovar con responsabilidad. Hoy se vincula con los polos de desarrollo regional, acompaña megaproyectos como el Tren Maya y forma capital humano que no solo responda al mercado laboral, sino que también lo reinvente desde la justicia social.
Ser Benemérita es un honor, sí, pero también una advertencia contra la complacencia. Nuestra universidad ha sido, y debe seguir siendo, una esperanza real para Chiapas. Desde la investigación aplicada hasta la creación de empresas sociales, desde la formación humanista hasta la revolución pedagógica, la UNACH se compromete a educar para la libertad, para la equidad y para el desarrollo digno.
Porque servir no es un lema, sino una vocación viva, la Benemérita Universidad Autónoma de Chiapas hoy se proyecta hacia el futuro con los pies firmes en la tierra que la vio nacer y con los sueños abiertos a lo que su comunidad universitaria sabrá construir.
Oswaldo Chacón Rojas
Rector
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